Si vamos a entrar a juicio por una herencia debemos acudir a nuestro despacho de abogados en Las Palmas de Gran Canaria. Lo primero es comprobar que hay caso. Para ello hay que tener en cuenta que en el caso de que no hubiera testamento la herencia se repartiría de forma equitativa entre los herederos forzosos. Estos son los descendientes y el cónyuge de la persona fallecida. En el caso de que no hubiera descendientes, serían los ascendientes los que recibirían el dinero y/o el patrimonio.
Por ello, desde el despacho de abogados en Las palmas de Gran Canaria aseguran que, salvo que se haya hecho testamento, ni hermanos, ni sobrinos, primos o ex parejas tienen derecho a nada salvo que no haya ningún heredero forzoso. En este caso la herencia pasaría a los llamados herederos no forzosos que serían, por este orden, hermanos, sobrinos y primos.
Todo es diferente si ha habido testamento. La ley establece el reparto en tres tercios de los cuáles el primero debe repartirse de manera equitativa entre los herederos forzosos, el segundo puede repartirse de la manera que se quiera entre estos mismos herederos y el último tercio es de libre designación pudiendo ser para un amante, un hermano, un primo o incluso una ONG o una institución.
Si queremos ayuda para hacer testamento o tenemos alguna duda legal sobre herencias podemos consultar sin problema en el despacho de Calzada Fiol & González Abogados donde estaremos encantados de darte el asesoramiento legal que necesitas. Llámanos y pide tu cita cuándo necesites la ayuda de grandes abogados.